“Hay
tres maneras de hacer las cosas: la correcta, la incorrecta y la mía”
Casino
Hasta el momento, las enfermeras
hemos indicado el uso de medicamentos y productos sanitarios NO sujetos a
prescripción médica a “nuestra manera”. No me cabe duda de que, para ello, hemos
consultado bases de datos y leído artículos con el fin de ser eficientes en
nuestro trabajo, pero no había ninguna ley que amparara nuestras decisiones en
dicha materia. También hemos indicado (e incluso administrado) medicamentos SÍ
sujetos a prescripción médica con el fin de actuar de manera efectiva sin tener
una prescripción médica previa.
Por fin, se decide
“legalizar” esta tarea enfermera, pero nos encontramos con la barrera del
colectivo médico.
La OMC pone de manifiesto su rechazo
a la #prescripciónenfermera de manera tajante, indicando que “la prescripción
forma parte indisoluble del acto médico”, ya que entienden que “el que
diagnostica es quien tiene que prescribir”, así mismo consideran que “una
acreditación administrativa en ningún caso puede modificar las competencias
profesionales recogidas en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias y
poner en peligro la salud pública”.
Sin embargo, nuestro colectivo, tal y
como indica la Newsletter Nº5/2015 del Colegio Oficial de Enfermería de
Alicante, ya cuenta con el visto bueno del Consejo Interterritorial, paso
previo a los sucesivos trámites que se realizarán antes de su publicación en el
BOE. Además, la Ley 44/2013 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias,
determina en su artículo 9.1 que la atención sanitaria integral supone la
cooperación multidisciplinaria, la integración de los procesos y la continuidad
asistencial, y evita el fraccionamiento y la simple superposición entre
procesos asistenciales atendidos por distintos titulados o especialistas.
Según varias fuentes consultadas,
todo apunta a que el Gobierno aprobará la Ley de Prescripción Enfermera al
pasar el verano y antes de que finalice el mes de noviembre de este año.
“El que diagnostica es quien tiene que prescribir”
El Real Decreto por el que se regula
la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos
sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, recoge dos puntos
importantes:
- Actuar conforme a los principios de atención integral de la
salud y continuidad asistencial.
- Necesidad de establecer organizaciones multiprofesionales en
las que prime el trabajo en equipo basado en criterios de conocimiento y competencia
profesional.
Para alcanzar dichos aspectos,
consideramos necesario que las enfermeras tengamos amparadas legalmente todas
nuestras acciones y que aprendamos de aquellos que llevan décadas realizando
esta tarea. Estamos de acuerdo en que “el que diagnostica es quien tiene que
prescribir”, por eso el colectivo enfermero ha desarrollado su propia
nomenclatura diagnóstica y lleva años poniéndola en práctica. Nosotras
valoramos la integridad cutánea, nosotras decidimos qué apósito emplear y, por
qué no, qué medicamento/producto sanitario utilizar.
Teniendo libertad para prescribir
productos sanitarios y medicamentos no sujetos a prescripción médica se
agilizará la cadena asistencial. Para los medicamentos sujetos a prescripción
médica y que también nosotras podremos indicar y autorizar su dispensación se
pondrán en marcha protocolos y guías de práctica clínica y asistencial que
deberán validarse por la Dirección General de Salud Pública, Calidad e
Innovación.
Seguro que a muchas os surge la misma
duda que revolotea por nuestra cabeza sobre si estamos capacitadas y preparadas
para llevar a cabo dicha tarea.
El Real Decreto mencionado
anteriormente determina cómo podemos alcanzar las competencias exigidas. Bajo
nuestro punto de vista, no creemos necesario la formación adicional obligatoria
de hasta 180 horas para los medicamentos no sujetos a prescripción médica o
productos sanitarios, ya que es una práctica que realizamos habitualmente,
aunque sí creemos interesante que los Colegios de Enfermería, entidades
sanitarias y facultades de ciencias de la salud oferten cursos de reciclaje. Sí
nos parece necesaria la formación obligatoria en los medicamentos sujetos a
prescripción médica con el fin de poder ofrecer a la ciudadanía una atención
sanitaria segura y de calidad.
Este mismo decreto expone que la
prescripción enfermera no supone un incremento del gasto público, por lo que
nos preguntamos dónde reside el problema que durante años retrasa esta
propuesta.
Ojalá no consigan frenarnos y la
#prescripciónenfermera deje de ser un proyecto para convertirse en una
realidad.
Esperamos vuestros
comentarios aquí o en nuestra nueva cuenta de Twitter.