sábado, 25 de abril de 2015

ACTUALIZACIÓN DEL CALENDARIO VACUNAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

    Tal y como expone el DIARI OFICIAL DE LA COMUNITAT VALENCIANA (Núm 7503 / 13.04.2015) se ha adaptado el calendario de vacunaciones sistemáticas infantiles a las nuevas necesidades epidemiológicas.

¿Qué dosis se han modificado y de qué vacunas?


Vacuna neumococo

Se incluye la vacuna frente al neumococo en los niños nacidos a partir del 1 de enero de 2015 según las pautas establecidas en la tabla anexa.


Vacuna del papiloma humano

1. Se adelanta la vacunación de las niñas frente al virus del papiloma humano a los 12 años.

2. Para adecuar la nueva pauta a nuestra realidad y garantizar una adecuada cobertura vacunal, durante el año 2015 se vacunaran a las niñas nacidas en los años 2001 y 2002, mientras que en el año 2016 a las niñas nacidas en 2003 y 2004.


Vacuna hepatitis B

1. Con respecto a la vacunación frente a la hepatitis B, la primera dosis se administrará en las maternidades públicas o privadas al nacimiento.

2. Los hijos de madres portadoras del HBsAg deberán recibir la segunda dosis de vacuna contra la hepatitis B al mes del nacimiento.

    Estos cambios junto a los realizados a lo largo de 2014 donde se adelantaba la segunda dosis de la vacuna triple vírica a los 3-4 años y se modificaba la pauta de vacunación frente al meningococo C constituyen el calendario vacunal que todas las enfermeras de la Comunidad Valenciana debemos manejar y poner al servicio de la comunidad desde mediados de abril de 2015.





    Si alguien desea documento de modificación del calendario de vacunaciones sistemáticas que no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de las siguientes vías:



 Con un comentario en este post.
    Mediante un mail a enfermerapopuli@gmail.com
A través de un tweet a @enfermerapopuli
 
 

lunes, 20 de abril de 2015

Formando a niños/as y jóvenes en RCP, ¿qué conseguimos?



                                                                     “Quizá no sea fácil, pero seguro que merece la pena”


Mr Wonderful

Hace unos meses descubrimos la página de Facebook “RCP desde mi cole”. A través de canciones y juegos acercan a los niños y niñas de los centros escolares las maniobras de primeros auxilios, haciendo especial hincapié en aquellas que podrían resolver circunstancias vitales, como la RCP. Es lógico reconocer que un escolar de 5, 7 ó 10 años no está capacitado mentalmente para poder llevar a cabo maniobras de resucitación y creemos que tampoco es ése el objetivo que persigue este proyecto, sino que su meta es ir mostrando las técnicas y trabajar con ellos para perfeccionarlas a lo largo de su etapa escolar con el fin de obtener jóvenes eficientes para la comunidad y mentalizarles de la importancia de actuar con rapidez para sumar vidas.




¿Qué pensáis si, además de formar a los más pequeños, formamos a toda la comunidad educativa e incorporamos enfermeras escolares a los centros docentes? ¿Reduciríamos las complicaciones de las enfermedades crónicas? ¿Tendríamos maestros y maestras con habilidades y recursos para actuar en situaciones de urgencia? ¿Sería un valor añadido del colegio? ¿Estarían las familias más seguras del lugar en el que dejan a sus hijos/as? ¿Es realmente necesaria dicha inversión?
El pasado día 17 de Abril, el periódico EL MUNDO publicó un artículo en el que reflejaba los siguientes datos:






¿Qué pasaría si uno de esos jóvenes con alergia sufre un colapso pulmonar y cae en parada cardiorrespiratoria? ¿Debe recaer sobre los docentes la responsabilidad de controlar las glucemias de sus alumnos/as diabéticos? ¿Qué dice la Consejería de Sanidad al respecto en la Comunidad Valenciana?



          Hasta que se den cuenta de la importancia de invertir en salud para evitar malgastar en enfermedad, nosotros vamos a intentar formar a los peques que nos rodean y trabajar por conseguir individuos comprometidos con la población. ¿Te apuntas?
Marcos y Deni 

jueves, 2 de abril de 2015

Revuelo Sanitario por la Prescripción Enfermera

“Hay tres maneras de hacer las cosas: la correcta, la incorrecta y la mía”

Casino

Hasta el momento, las enfermeras hemos indicado el uso de medicamentos y productos sanitarios NO sujetos a prescripción médica a “nuestra manera”. No me cabe duda de que, para ello, hemos consultado bases de datos y leído artículos con el fin de ser eficientes en nuestro trabajo, pero no había ninguna ley que amparara nuestras decisiones en dicha materia. También hemos indicado (e incluso administrado) medicamentos SÍ sujetos a prescripción médica con el fin de actuar de manera efectiva sin tener una prescripción médica previa.

Por fin, se decide “legalizar” esta tarea enfermera, pero nos encontramos con la barrera del colectivo médico.




La OMC pone de manifiesto su rechazo a la #prescripciónenfermera de manera tajante, indicando que “la prescripción forma parte indisoluble del acto médico”, ya que entienden que “el que diagnostica es quien tiene que prescribir”, así mismo consideran que “una acreditación administrativa en ningún caso puede modificar las competencias profesionales recogidas en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias y poner en peligro la salud pública”.

Sin embargo, nuestro colectivo, tal y como indica la Newsletter Nº5/2015 del Colegio Oficial de Enfermería de Alicante, ya cuenta con el visto bueno del Consejo Interterritorial, paso previo a los sucesivos trámites que se realizarán antes de su publicación en el BOE. Además, la Ley 44/2013 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, determina en su artículo 9.1 que la atención sanitaria integral supone la cooperación multidisciplinaria, la integración de los procesos y la continuidad asistencial, y evita el fraccionamiento y la simple superposición entre procesos asistenciales atendidos por distintos titulados o especialistas.

Según varias fuentes consultadas, todo apunta a que el Gobierno aprobará la Ley de Prescripción Enfermera al pasar el verano y antes de que finalice el mes de noviembre de este año.

“El que diagnostica es quien tiene que prescribir”

El Real Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, recoge dos puntos importantes:


  •         Actuar conforme a los principios de atención integral de la salud y continuidad asistencial.
  •         Necesidad de establecer organizaciones multiprofesionales en las que prime el trabajo en equipo basado en criterios de conocimiento y competencia profesional.



Para alcanzar dichos aspectos, consideramos necesario que las enfermeras tengamos amparadas legalmente todas nuestras acciones y que aprendamos de aquellos que llevan décadas realizando esta tarea. Estamos de acuerdo en que “el que diagnostica es quien tiene que prescribir”, por eso el colectivo enfermero ha desarrollado su propia nomenclatura diagnóstica y lleva años poniéndola en práctica. Nosotras valoramos la integridad cutánea, nosotras decidimos qué apósito emplear y, por qué no, qué medicamento/producto sanitario utilizar.

Teniendo libertad para prescribir productos sanitarios y medicamentos no sujetos a prescripción médica se agilizará la cadena asistencial. Para los medicamentos sujetos a prescripción médica y que también nosotras podremos indicar y autorizar su dispensación se pondrán en marcha protocolos y guías de práctica clínica y asistencial que deberán validarse por la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación.

Seguro que a muchas os surge la misma duda que revolotea por nuestra cabeza sobre si estamos capacitadas y preparadas para llevar a cabo dicha tarea.

El Real Decreto mencionado anteriormente determina cómo podemos alcanzar las competencias exigidas. Bajo nuestro punto de vista, no creemos necesario la formación adicional obligatoria de hasta 180 horas para los medicamentos no sujetos a prescripción médica o productos sanitarios, ya que es una práctica que realizamos habitualmente, aunque sí creemos interesante que los Colegios de Enfermería, entidades sanitarias y facultades de ciencias de la salud oferten cursos de reciclaje. Sí nos parece necesaria la formación obligatoria en los medicamentos sujetos a prescripción médica con el fin de poder ofrecer a la ciudadanía una atención sanitaria segura y de calidad.

Este mismo decreto expone que la prescripción enfermera no supone un incremento del gasto público, por lo que nos preguntamos dónde reside el problema que durante años retrasa esta propuesta.

Ojalá no consigan frenarnos y la #prescripciónenfermera deje de ser un proyecto para convertirse en una realidad.


Esperamos vuestros comentarios aquí o en nuestra nueva cuenta de Twitter.



Marcos y Deni