jueves, 2 de abril de 2015

Revuelo Sanitario por la Prescripción Enfermera

“Hay tres maneras de hacer las cosas: la correcta, la incorrecta y la mía”

Casino

Hasta el momento, las enfermeras hemos indicado el uso de medicamentos y productos sanitarios NO sujetos a prescripción médica a “nuestra manera”. No me cabe duda de que, para ello, hemos consultado bases de datos y leído artículos con el fin de ser eficientes en nuestro trabajo, pero no había ninguna ley que amparara nuestras decisiones en dicha materia. También hemos indicado (e incluso administrado) medicamentos SÍ sujetos a prescripción médica con el fin de actuar de manera efectiva sin tener una prescripción médica previa.

Por fin, se decide “legalizar” esta tarea enfermera, pero nos encontramos con la barrera del colectivo médico.




La OMC pone de manifiesto su rechazo a la #prescripciónenfermera de manera tajante, indicando que “la prescripción forma parte indisoluble del acto médico”, ya que entienden que “el que diagnostica es quien tiene que prescribir”, así mismo consideran que “una acreditación administrativa en ningún caso puede modificar las competencias profesionales recogidas en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias y poner en peligro la salud pública”.

Sin embargo, nuestro colectivo, tal y como indica la Newsletter Nº5/2015 del Colegio Oficial de Enfermería de Alicante, ya cuenta con el visto bueno del Consejo Interterritorial, paso previo a los sucesivos trámites que se realizarán antes de su publicación en el BOE. Además, la Ley 44/2013 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, determina en su artículo 9.1 que la atención sanitaria integral supone la cooperación multidisciplinaria, la integración de los procesos y la continuidad asistencial, y evita el fraccionamiento y la simple superposición entre procesos asistenciales atendidos por distintos titulados o especialistas.

Según varias fuentes consultadas, todo apunta a que el Gobierno aprobará la Ley de Prescripción Enfermera al pasar el verano y antes de que finalice el mes de noviembre de este año.

“El que diagnostica es quien tiene que prescribir”

El Real Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, recoge dos puntos importantes:


  •         Actuar conforme a los principios de atención integral de la salud y continuidad asistencial.
  •         Necesidad de establecer organizaciones multiprofesionales en las que prime el trabajo en equipo basado en criterios de conocimiento y competencia profesional.



Para alcanzar dichos aspectos, consideramos necesario que las enfermeras tengamos amparadas legalmente todas nuestras acciones y que aprendamos de aquellos que llevan décadas realizando esta tarea. Estamos de acuerdo en que “el que diagnostica es quien tiene que prescribir”, por eso el colectivo enfermero ha desarrollado su propia nomenclatura diagnóstica y lleva años poniéndola en práctica. Nosotras valoramos la integridad cutánea, nosotras decidimos qué apósito emplear y, por qué no, qué medicamento/producto sanitario utilizar.

Teniendo libertad para prescribir productos sanitarios y medicamentos no sujetos a prescripción médica se agilizará la cadena asistencial. Para los medicamentos sujetos a prescripción médica y que también nosotras podremos indicar y autorizar su dispensación se pondrán en marcha protocolos y guías de práctica clínica y asistencial que deberán validarse por la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación.

Seguro que a muchas os surge la misma duda que revolotea por nuestra cabeza sobre si estamos capacitadas y preparadas para llevar a cabo dicha tarea.

El Real Decreto mencionado anteriormente determina cómo podemos alcanzar las competencias exigidas. Bajo nuestro punto de vista, no creemos necesario la formación adicional obligatoria de hasta 180 horas para los medicamentos no sujetos a prescripción médica o productos sanitarios, ya que es una práctica que realizamos habitualmente, aunque sí creemos interesante que los Colegios de Enfermería, entidades sanitarias y facultades de ciencias de la salud oferten cursos de reciclaje. Sí nos parece necesaria la formación obligatoria en los medicamentos sujetos a prescripción médica con el fin de poder ofrecer a la ciudadanía una atención sanitaria segura y de calidad.

Este mismo decreto expone que la prescripción enfermera no supone un incremento del gasto público, por lo que nos preguntamos dónde reside el problema que durante años retrasa esta propuesta.

Ojalá no consigan frenarnos y la #prescripciónenfermera deje de ser un proyecto para convertirse en una realidad.


Esperamos vuestros comentarios aquí o en nuestra nueva cuenta de Twitter.



Marcos y Deni

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